GLOSARIO


ALARIFE: Maestro que tiene facultad para reconocer, apreciar o dirigir cualquier obra relacionada con  una obra arquitectónica. El término, no obstante, por extensión, hacía referencia en buena parte de los casos a un albañil.

ALBÉITAR:  Profesional encargado de la enfermería veterinaria. Antes de que se dijera veterinario, la palabra empleada para los que curaban los animales, generalmente las caballerías, era albéitar, palabra de origen árabe.

ALCABALAS: Las alcabalas fue el impuesto más importante del Antiguo Régimen en la Corona de Castilla, gravaba el volumen de las ventas  y era el que más ingresos producía a la hacienda real; pues aunque el diezmo era aún más importante, su perceptor era la Iglesia con  participación del Rey. Al principio  consistía en un 5% del valor de las cosas enajenadas posteriormente fue elevado al 10%, tasa que no llegó a aplicarse en la mayoría de las ocasiones.

ALCALDE DE LA SANTA HERMANDAD:Se conocía como Santa Hermandad a un grupo de gente armada, pagada por el Concejo, generalmente en grupo de cuatro hombres,  para perseguir a criminales y herejes. El Concejo proponía, anualmente,  a una persona como  responsable de este grupo, al que se le conocía como Alcalde de la Santa Hermandad.

ALCALDES ORDINARIOS: Eran dos funcionarios elegidos para dirigir la vida de la villa y eran la primera Autoridad municipal. Se denominaban Alcalde de primer voto y Alcalde de segundo voto.

ALGUACIL MAYOR: Era el oficial del municipio encargado de hacer cumplir los acuerdos del Cabildo, perseguir los juegos prohibidos, practicar detenciones y arrestar a los delincuentes, etc. Tenía el previlegio de ser la única persona que podía entrar con armas en el Cabild

AMILLARAMIENTO: El amillaramiento consiste en la relación nominal alfabética de los contribuyentes, expresando su propiedad urbana, rústica y ganadera y el líquido imponible de acuerdo con su valoración.

ATANOR: Es un arabismo que en castellano significa "cañería de agua", especialmente la construida con tubos de barro cocido, cada uno de los cuales es un atanor.

BAGAJES: Era el nombre que se le daba a una contribución que debían hacer los pueblos de España por donde transitaban los ejércitos a cambio de un pago regulado. Los vecinos de las localidades situadas en los márgenes de de los caminos militares, por donde transitaban las tropas, estaban obligados a acudir con los carros y caballerizas necesarias para la conducción de ollas, equipajes y enfermos de los regimientos. Las ordenanzas señalaban la cantidad que el militar que empleaba el bagaje debía abonar al dueño.


CAUDAL DE PROPIOS: Se conocía como Caudal de Propios al patrimonio del Municipio o Concejo: dehesas, campos, huertas así como todos demás, casas, molinos hornos, mataderos... Sus productos o el valor de su arrendamiento se destinaban a costear los servicios públicos que corren a cargo de la Hacienda municipal.

CABALLERO VEINTICUATRO: Caballero veinticuatro o simplemente veinticuatro, era un cargo propio de la corporaciones municipales. Se trataba de un cargo equivalente al de regidor o concejal. Su nombre le venía porque tal era su número, después aunque el número de regidores varió, se les siguió llamando igual y debían ser nobles y personal de un alto estatus social de probados méritos y vecinos de la ciudad, porque así lo exigían las Ordenanzas.

DERECHO DE MEDIA ANNATA: Era un impuesto, creado por Real Cédula de 18 de agosto de 1631, que gravaba los títulos y nombramientos para empleos retribuidos o mercedes que se hacían. Este impuesto se cobraba cuando el individuo entraba en posesión de la merced o empleo y se llamaba de media annata porque la deuda tributaria se fijaba en la mitad de lo que el empleo retribuido o la merced concedida rentase en un año. Se paga este impuesto una sola vez al entrar en posesión de Título.

DUCADOS: El Ducado español era una moneda acuñada en oro. Su peso es de 3,6 gramos de oro y de 0,896 de pureza. Fue cuñada por primera vez por los Reyes Católicos. Su equivalencia era a 11 reales castellanos y 375 maravedís.

ESCRIBANO: El Escribano era el oficio público dedicado a dar fe de las escrituras y demás actos que se desarrollaran ante él. Había Escribanos de diverso tipo: Escribano Real, que podían ejercer su profesión en todo el Reyno menos donde hubiere numerarios; Escribanos Numerarios, los que sólo ejercen su oficio en un sitio o distrito, se llamaban numerarios por ser fijo y determinado los que habían en cada punto; Escribano de Concejo, el encargado de asistir a las juntas o sesiones de un concejo o ayuntamiento y autorizar sus acuerdos y resoluciones.

FIEL APRECIADOR DEL CAMPO: Persona conocedora del término municipal, encargada encargada de apreciar los daños que ocurren en el campo y  mediar en los litigios entre vecinos por los límites de fincas...etc.

FIEL DE FECHOS: Persona habilitada para ejercer las funciones del Escribano en los pueblos en que no lo había o de sustituirle en sus ausencias.

FIEL DEL MATADERO:Persona responsable de vigilar la higiene y las normas que rigen en el matadero.

FIELATO: Era la caseta o despacho donde se cobraban las tasas y arbitrios. Su nombre oficial era "estación sanitaria·, ya que aparte de la función recaudatoria, solía ejercer un cierto control sobre los alimentos que entraban en la población.

GOBERNADOR Y JUSTICIA MAYOR: Era un funcionario real, en este caso su designación correspondía al Señor Vizconde de Los Villares. Presidía los Concejos, dando validez a sus decisiones, actuaba como juez en primera o segunda instancia, siendo en parte el gestor del desarrollo administrativo y económico del municipio.

MARAVEDÍS: Moneda de cobre de curso legal en España que, con sucesivas acuñaciones, estuvo vigente desde los Reyes Católicos hasta la primera reforma en el sistema monetario de Isabel II (.1474-1.854). Un Real de plata equivalía a 34 maravedís.

PIOJARERO: Eran los que tenían un pequeño pedazo de tierra, casa y una mula; también se les llamaba pegujaleros. Los labradores eran un poco más ricos, tenían un poco más de tierra. Los braceros eran los que trabajaban las tierras de otros y no poseía nada.
el
PROPIOS: Bienes pertenecientes al ayuntamiento, los cuales eran administrados por un mayordomo, elegido entre los miembros del concejo.

REALES: El real español era una moneda de plata de 3,35 gramos en el siglo XV y fue la base del sistema monetario español hasta mediados del siglo XIX. A partir del año 1497 tenía un valor de 34 maravedís.

REGIDORES: Los regidores formaban -en conjunto- el llamado Regimiento de la villa, junto a los dos Alcaldes, eran quienes regían, gobernaban y controlaban la vida del cabildo.

REGIDOR INTERVENTOR: Concejal encargado de custodiar los fondos municipales, tenía una de las tres llaves donde se guardan los fondos. Debía velar por el uso correcto de los mimos y certificar con su firma el estado de las cuentas anuales del municipio.

SÍNDICO PROCURADOR GENERAL: El cargo de Síndico Procurador General o Síndico personero de lo común estuvo enajenado en algunas villas hasta el Auto de 1.766.  En los ayuntamientos o concejos era el encargado de promover los intereses de los pueblos, defender sus derechos y quejarse de los agravios que se le hacían.

SUERTE: Parte de tierra de labor separada de otra por unos lindes.

VEL QUASI: Parece que era una fórmula jurídica española de toma de posesión. Así aparece siempre en la toma de posesión de las suertes y solares en la fundación de Los Villares: "Lo metí en posesión real y actual, velquasi..."




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