sábado, 11 de abril de 2015

DEL CUIDADO DEL CABALLO PADRE DEL CONCEJO EN 1791

Tal día como hoy, un 11 de abril de 1791, el Concejo de Los Villares, contrataba como cuidado del “caballo padre”, propiedad del Caudal de Propios de esta Villa, a Domingo Rodríguez de esta vecindad, por cuyo trabajo se le consignaba un real y medio diario.


















Desarrollo de la Efemérides:
La ganadería yeguar fue una de las fuentes de riqueza de Los Villares, durante todo el siglo XVIII y principios del XIX; sus caballos y potrancos eran, generalmente, vendidos al Ejército Español. Las dehesas de pastos que se destinaban a la cría caballar, solían ser las del Pozico y Linarejos y en verano la de las Cimbras. Para cubrir a las yeguas de los criadores, el Concejo contaba con un “caballo padre”.


Un 11 de abril de 1791, los Señores que forman la Junta de Propios de la Villa y demás concejales a saber, Andrés del Alcalde, Francisco Garrido, Jacinto del Alcalde, Juan de Mena, Antonio de Gámez y  Ignacio Raya,  reunidos en la Salas Capitulares de ella tras deliberar acordaron que el caballo padre de esta Villa se pusiere para su mejor asistencia y cuidado en manos de Domingo Rodríguez, de esta vecindad, a cuyo trabajo se le consignaba un real y medio por día con las siguientes condiciones:


1.- La  obligación de que ha de tenerlo en sus casas, tratándolo y mirándolo como propio con el mayor cuidado y esmero procurando que en todo tiempo esté apto y capaz para el fin a que está destinado.
2.- Debería darle para ello la manutención que necesita, un celemín de cebada y la suficiente paja, todo a  cuenta y cargo de estos Caudales públicos, con arreglo a lo dispuesto en el capítulo 22 de la novísima ordenanza de caballería, acreditándose así tanto estos gastos como los de herradura.
3.- Siempre que hubiera de cubrir a una yegua, debe avisarse el día antecedente y llevarle por el dueño de la yegua medio celemín de trigo para que se lo eche en dos veces,  antes y después de su ocupación.  
4.- El citado Domingo Rodríguez se ha de obligar con la competente formalidad a dar cuenta inmediatamente de cualquier novedad que observe, a esta  Real Justicia y Diputados del Ganado Yeguar de estos vecinos para que se ponga remedio al instante y de lo contrario responderá del perjuicio que ocasione.
5.- No ha de permitir que no haga manera alguna más de una cubrición cada día,  llevando razón exacta de las yeguas y sus respectivos dueños.
De todo lo cual entendido por el mencionado Domingo Rodríguez, se comprometió a cumplirlo sin falta alguna, firmando este compromiso con los expresados concejales, ante  el Escribano del  Cabildo, Alfonso Josef de la Peña.


Firma del contrato entre los señores concejales y Domingo Rodríguez



TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1901: el Papa León XIII desde Roma, otorga dispensa en 3º y 4º grado de consanguinidad, a los vecinos de Los Villares, Antonio Molina y Molina y Joaquina Campos Alcalde para que puedan contraer matrimonio canónigo legal.



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