domingo, 2 de febrero de 2014

DE LA ACTUACIÓN NEGLIGENTE DE LA JUNTA PERICIAL MUNICIPAL EN 1.853.



Un 2 de febrero de 1.853, por el Secretario del Ayuntamiento de Los Villares, D. José Nebot y Llauda, se informaba a la Corporación Municipal, que por D. Juan de la Cruz García, Presidente de la Junta Pericial, no había hecho la presentación de la Cartilla de Valores que ha de servir de base para formalizar el Cuaderno de Riqueza de Bienes inmuebles del corriente año y que el haberla dejado sobre la mesa de la Secretaría fue, sin dudas, para eludir sus consecuencias, ya que es imposible el pago del  importe del primer trimestre si no entrega la lista cobratoria con la oportuna deuda, lo cual le es imposible realizar por la falta de los documentos indicados.



En consecuencia y teniendo presente cuanto se ordena en el Real Decreto de 23 de mayo de 1.845, órdenes e instrucciones vigentes que tratan sobre el particular, acordaron que puesto que por los Señores de la Junta Pericial no se ha llevado a cabo su cometido en los plazos designados en las mismas, sean responsables al pago del importe del primer trimestre de la contribución de bienes  inmuebles del presente año y perjuicios que se ocasionen; que se oficie al Caballero Presidente de la citada Junta Pericial que en el plazo de 24 horas haga la presentación de la Cartilla de Valores con el correspondiente oficio de remisión y fecha contable para darle el curso oportuno,  remitiéndose certificado de este Acta y copia del repetido Oficio al Gobernador de esta provincia para que en su vista y de las comunicaciones que le fueron dirigidas en fecha 15, 21 y 28 de enero próximo pasado, se sirva aprobar lo acordado por la Corporación y transmitirle a esta  su resolución.

*Junta Pericial Municipal: Era un órgano municipal, generalmente formado por tres contribuyentes elegidos, peritos, que tenía por función elaborar los elementos que sirven de base para formalizar el Cuaderno de Riqueza sobre el que se pagaba la contibución de Bienes inmuebles. (viviendas...)
 

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